Afiliación

Estatuto de la APAUADY

Miembros del sindicato

Artículo séptimo

            Son miembros del sindicato denominado Asociación del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Yucatán, los trabajadores que desempeñen puestos de base, por licencias, por obra determinada, tiempo determinado, mientras duren en el desempeño de sus labores en la UADY, siempre y cuando hayan solicitado su afiliación al sindicato y esta haya sido aceptada.  

Artículo octavo  

            Para Ingresar al sindicato se requiere, solicitar el ingreso mediante un escrito (ver hoja anexa) a través del Delegado del Centro de Trabajo de Adscripción, recibida la solicitud de referencia el Comité Ejecutivo determinará lo conducente sobre la admisión; una vez aceptada ésta se le empezará a descontar vía nómina su cuota ordinaria APAUADY en la última quincena inmediata a su aceptación.

 

            Duración del trámite.  Máximo un mes.

 

 

 

 

 

 

 

 


Fondo de ayuda para cursos y congresos

Cláusula 43

            La  UADY cuenta con un fondo de $ 385,000.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS S/C M.N.), para ayuda a los gastos de los trabajadores académicos definitivos para su participación en congresos, simposios, mesas redondas, etc., de acuerdo al programa de trabajo del académico y a propuesta de la APAUADY. A partir del uno de enero de dos mil trece, este fondo será de $ 390,000.00 (Trescientos noventa mil pesos moneda nacional).

 

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación: (Ver hoja anexa)

 

Solicitud a través de la APAUADY por medio del Delegado Sindical de su centro de trabajo, quien lo canalizará con su visto bueno impreso y el monto del  apoyo correspondiente. Dicha solicitud deberá tener los siguientes datos:

  

Nombre completo del trabajador

Lugar de adscripción

Clave de empleado

Categoría y Nivel

Horas laborables (base)

Nombre, lugar y fecha (s) del curso, congreso, simposio, mesas redondas, etc., en donde va a participar.

             

Cabe aclarar que como dicha ayuda es para gastos por comprobar,  se deberá  justificar con la (s) factura (s) a nombre:

 

Universidad Autónoma de Yucatán            

Domicilio: Calle 60 No. 491 A. x 57

Mérida, Yucatán, México, CP 97,000

RFC: UAY 840901 2S1

 

Duración del trámite: Aproximadamente 3 ó 4 semanas hábiles a partir de la fecha en que recibamos los comprobantes de gastos correctamente requisitados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

Apoyo a actividades deportivas

Cláusula 53

            La universidad proporcionará a la APAUADY anualmente veinte equipos deportivos completos de Soft-ball o su equivalente, y cuya calidad será similar a la de los útiles empleados por las selecciones que representan a la Universidad.

 

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación:

 

            Por medio del Delegado Sindical de su centro de trabajo y dirigido al Secretario General, se solicitara el apoyo por escrito, anexando cuando menos dos presupuestos de establecimientos comerciales del ramo deportivo con los siguientes datos:

 

Nombre completo de quien solicita

Lugar de adscripción

Categoría y nivel

Clave de empleado y

Nombres  lugares de adscripción y claves  de los integrantes del equipo.

 

La duración para la entrega del material deportivo es de 3 a 4 semanas hábiles aproximadamente a partir de la fecha de recepción del documento en la APAUADY.

 

 

 

 

 

 

 

 


Ayuda para guardería

Cláusula 45

         Las trabajadoras académicos definitivas que laboren cuatro horas o más al día, tendrán derecho a que la Universidad les pague $620.00 (Seiscientos veinte pesos moneda nacional), por concepto de guardería, así como un pago adicional máximo de $620.00 (Seiscientos veinte pesos moneda nacional), pagaderos en el mes de julio, por concepto de apoyo de inscripción. Debiendo acreditar trimestralmente como mínimo con los recibos de pago correspondientes a la utilización del servicio. A las trabajadores que labores menos de cuatro horas al día se les pagará proporcional a su jornada de trabajo. Esta prestación será extensiva a los trabajadores académicos viudos o padres de familia que tengan bajo su custodia a sus hijos, lo que deberá comprobar en la forma legal, que corresponda, a la Universidad para tener derecho a esta prestación. Esta prestación se otorgará a los hijos de los trabajadores académicos antes mencionados desde los cuarenta y cinco días de nacidos hasta los cinco años de edad; pero cuando un menor cumpla seis años dentro del  período escolar se prolongará su permanencia hasta el término del mismo. A partir del uno de enero de dos mil trece esta cantidad será de $ 620.00 (Seiscientos veinte pesos moneda nacional) mensuales. Esta cláusula continuará vigente cuando menos con la cantidad indicada en el párrafo anterior al vencimiento de este contrato.

  

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación:

(Ver hoja anexa)

Calendario  2012

   

COMPROBACIÓN DE PAGOS EFECTUADOS

 

REEMBOLSOS

(A TRAVÉS DE NOMINA)

 

PERÍODOS POR COMPROBAR

 

 

PERÍODOS DE RECEPCIÓN

 

SE HACEN EFECTIVOS

MENSUALMENTE, A PARTIR

DE LA 2ª  QUINCENA DEL

MES EN QUE SE SOLICITE EL ALTA

 

ENERO/FEBRERO/MARZO

 

 

DEL 1 AL 9 DE MARZO

 

ABRIL/MAYO/JUNIO

 

 

DEL 1 AL 8 DE JUNIO

 

JULIO/AGOSTO

 

MES EN QUE SEA COBRADO POR LA GUARDERÍA

 

INSCRIPCIÓN

 

 

DEL 1 AL 8 DE JUNIO

 

SEPTIEMBRE

 

 

DEL 3 AL 7 DE SEPTIEMBRE

 

OCTUBRE/NOVIEMBRE/DICIEMBRE

 

 

DEL 3 al 7 DE DICIEMBRE

 

 

 

Formato de recibo (Ver hoja anexa)

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

Becas para los hijos de los académicos

Cláusula 48

            Los trabajadores académicos definitivos de 40 horas o más quincenales, tendrán derecho a que la Universidad les otorgue becas de $650.00 (Seiscientos Cincuenta Pesos 00/100 M/N) mensuales a cada uno de sus hijos que estén cursando preparatoria o licenciatura dentro de la UADY o preparatoria en Escuelas Públicas Oficiales, siempre y cuando tengan y mantengan un promedio no menor de 80 puntos semestrales y no estén repitiendo curso alguno. A los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de 40 horas quincenales se les otorgará el 50% de esta prestación, $325.00 (Trescientos veinticinco pesos moneda nacional). A partir del uno de enero de dos mil trece, el importe de la beca será de $ 680.00 (Seiscientos Ochenta Pesos 00/100 M/N) mensuales para los trabajadores académicos definitivos de 40 horas o más quincenales; y los de menos de 40 horas quincenales es el 50% de la beca: $340.00 (Trescientos cuarenta pesos moneda nacional).

FAVOR DE PRESENTAR SUS RECIBOS EN LAS FECHAS ABAJO RELACIONADAS
SISTEMA DE PAGO DE BECAS A TRAVÉS DE TARJETA SANTANDER
 Calendario  2013  

MES:

PERÍODO DE RECEPCIÓN:

FECHA DE PAGO:

Enero

del 14 al 17 de Enero

25/Febrero/2013
Febrero

del 28 al 30 de Enero

11/Marzo/2013
Marzo

del 19 al 21 de Febrero

15/Abril/2013
Abril

del 12 al 14 de Marzo

10/Mayo/2013
Mayo

del 22 al 25 de Abril

3/Junio/2013
Junio

del 27 al 29 de Mayo

1/Julio/2013

 

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación:

 

 1.    Solicitud para el pago de beca por estudio.-  En original y 2 copias (según muestra anexa) (favor de solicitar los formatos con su Delegado Sindical, APAUADY o en Internet en la página de la UADY/Icono APAUADY). En el párrafo donde dice: "Meses cuyos pagos se solicita", se pondrá: "de Enero a Junio de 2013" y firmará tanto trabajador(a) como becario aún siendo mayor de edad.

 2.    Constancia de estudios.- En original y 1 copia, especificando estar inscrito como alumno regular del período que solicita. Este documento no será necesario en caso de haberlo exhibido en la Coordinación General para otros trámites, lo cual deberá aclarar oportunamente.

 3.    Carta promedio.-  En original y 1 copia, con promedio del semestre/período anterior al que solicita. (80 mínimo). Este documento no se requiere para alumnos de nuevo ingreso.

4.    Forma de pago.- Las becas se harán efectivas a través del sistema de "Tarjeta Santander Prepagada", a cargo del Banco Santander (México), S.A. A los becarios de nuevo ingreso se les hará entrega de la tarjeta bancaria en el área de prestaciones de la Coordinación General de Recursos Humanos (3er. Piso del Edificio Central), del 18 al 21 de Febrero de 2013 de las 8:00 a las 14:30 horas. El becario deberá exhibir su identificación y firmar la recepción de la tarjeta, siendo necesario también la firma del trabajador si el estudiante es menor de edad. 

 

 

 

 

 

Becas para Educación Especial

Cláusula 63

            La Universidad se obliga a otorgar becas de $285.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M/N) mensuales para los hijos de los trabajadores académicos definitivos que requieran de educación especial, previo dictamen de la Coordinación General de Salud de la Universidad. A partir del uno de enero de dos mil trece, el importe de la beca será de $ 290.00 (DOSCIENTOS NOVENTA PESOS 00/100 M/N)

 

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación:

 

1.    Solicitud para el pago de beca.-  Original y 2 copias del formato del pago de la beca (según muestra anexa) (también puede solicitar los formatos con su Delegado Sindical, en la APAUADY o en Internet en la página de la UADY/Icono APAUADY)

 

2.    Original y 1 copia de los comprobantes de pago cuyos meses solicita.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Libros de Texto para preparatoria

Cláusula 46

            Los trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a que la Universidad les proporcione el importe de los libros de texto que utilicen sus hijos que cursen la preparatoria en la UADY o en escuelas públicas oficiales del Estado de Yucatán. A los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas a la semana, se le otorgará el cincuenta por ciento del importe de esta prestación.

 

Libros de Texto para Licenciatura

Cláusula 47

            Los trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a que la Universidad les proporcione un libro de texto por asignatura, que utilicen sus hijos que cursen los estudios de licenciatura en la UADY o en el Instituto Tecnológico de Mérida, Yucatán. Esta prestación será otorgada una sola vez en cada curso. A los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas a la semana, se les otorgará esta prestación en la parte proporcional a su jornada de trabajo.

Solicitud

            En ambos casos, se pueden hacer cualquiera de los dos trámites:

            Vale de libro (ver hoja anexa)

Llenando todos y cada uno de los datos que se piden en original y 2 copias.

Original de la constancia de alumno regular del curso o semestre que actualmente está cursando y

Lista de libros en hoja membretada de la escuela o facultad, debidamente sellada y firmada.

Duración del trámite: 3 a 4 días a partir de la fecha en que recibamos dicha solicitud debidamente llenada y con todos los requisitos

 

Reembolso de libros (ver hoja anexa)

Original y 4 copias del recibo por concepto de reembolso debidamente llenada con todos los datos que se piden.

Original de la constancia de alumno regular del curso o semestre que actualmente está cursando.

Lista oficial de libros en hoja membretada de la escuela o facultad, debidamente sellada y firmada, y

Factura (s) con la descripción del (os) libro (s) según la lista oficial a nombre de:

Universidad Autónoma de Yucatán en original y 2 copias

Calle 60 No. 491 A x 47

Mérida, Yuc. Méx. CP 97000

RFC: UAY 840901 2S1

Duración del trámites: Aproximadamente de 3 a 4 semanas a partir de la fecha en que recibamos dichos recibos debidamente llenada y con todos los requisitos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Préstamo para útiles escolares

Cláusula 24

            Durante este año la Universidad tiene un fondo de $ 340,000.00 (Trescientos cuarenta mil pesos moneda nacional), que servirá para otorgar préstamos al inicio de cada semestre escolar a los trabajadores académicos definitivos de cuarenta horas o más semanales y a los de veinte horas o más en su parte proporcional, para la adquisición de útiles escolares de sus hijos y hasta por la cantidad de: $ 7,000.00 (Siete mil pesos moneda nacional), sin intereses pagaderos hasta en diez quincenas. A partir del uno de enero de dos mil trece, dicho fondo será de $ 350,000.00 (Trescientos cincuenta mil pesos moneda nacional).

 

Duración: Aproximadamente tres semanas, a partir de la fecha de recepción de la solicitud hecha a través de la APAUADY por medio del Delegado Sindical, anexando la última copia de la tira de pago.

(Ver hoja anexa)

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

Préstamos personales

Cláusula 23

            La Universidad dispondrá de un fondo especial de $ 2’200,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL DE PESOS S/C M.N.), que servirá para otorgar préstamos a los académicos definitivos, hasta por diez quincenas de salario tabulado pagaderos hasta en dieciocho meses, con un interés del 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) mensual sobre saldos insolutos. Este fondo y los intereses que se generen serán revolventes y los préstamos se otorgarán a los trabajadores a propuesta de la APAUADY. A partir del uno de enero de dos mil trece dicho fondo será de 2'200,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS S/C M.N.).

 

Duración: Tres semanas aproximadamente a partir de la recepción de la solicitud con la última copia de la tira de pago en la APAUADY o a través del Delegado Sindical,

Solicitud

(Ver hoja anexa)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

Fondo de Vivienda

Cláusula 64

            La Universidad se obliga a continuar aportando al fondo destinado a la vivienda de los trabajadores, que se creó en enero de mil novecientos ochenta y cuatro, una cantidad que en ningún caso será menor a las cantidades totales que, como cuota, la UADY pagaría al INFONAVIT. Este fondo servirá para cubrir las necesidades de vivienda de los trabajadores académicos universitarios y los créditos se otorgarán conforme al Manual de Operaciones en vigor.

 

Duración: La H. Comisión de Vivienda se reúne según calendario establecido (ver Calendario) para sesionar y aprobar las solicitudes que entraron en ese período, una vez aprobadas, aproximadamente en 2 semanas se hace la entrega de dicho dinero, solo que en la Construcción de vivienda se entrega en dos cheques según calendario de la obra y en la Adquisición de Vivienda el cheque se entregará a la firma de la escritura al vendedor.

 

 

TECHOS FINANCIEROS 2013

CRÉDITOS DE VIVIENDA

 

PROGRAMA:

TECHO FINANCIERO:

INTERÉS:

PAGO QUINCENAL:

PLAZO:

Dotación de servicios públicos

$ 55,000.00 M/N

5%

$ 1,589.46

1 año 6 meses (36 quincenas)

Mejoramiento de

Vivienda (Remodelación)

$ 150,000.00 M/N

5%

$ 2,249.17

3 años

(72 quincenas)

Ampliación o Mejoras de vivienda

$ 365,000.00 M/N

5%

$ 2,942.54

6 años

(144 quincenas)

Dotación del Importe del enganche para adquisición de vivienda

$ 300,000.00 M/N

5%

$ 2,418.53

6 años

(144 quincenas)

Adquisición de terreno para construir vivienda

$ 300,000.00 M/N

5%

$ 2,833.44

5 años

(120 quincenas)

Construcción de vivienda

$ 900,000.00 M/N

5%

$ 3,567.96

15 años

(360 quincenas)

Adquisición de vivienda

$ 1,300,000.00 M/N

5%

$ 5,153.72

15 años

(360 quincenas)

Vivienda Adicional A) (Adquisición de Vivienda)

$ 900,000.00 M/N 10%

$ 4, 824.72

15 años

(360 quincenas)

Vivienda Adicional B) (Construcción de Vivienda)

$ 660,000.00 M/N

10%

$ 3,538.13

15 años

(360 quincenas)

Rescate de 1a. Vivienda (Liquidación de Crédito para Vivienda a Institución Financiera)

$ 900,000.00 M/N

5%

$ 4,781.75

10 años

(240 quincenas)

Rescate Vivienda Adicional (Liquidación de Crédito para Vivienda a Institución Financiera)

$ 900,000.00 M/N

10%

$ 5,936.82

10 años

(240 quincenas)

 

 Ver formato de solicitud

 

 

  * NOTA: El interés aplicado es del 5% anual sobre saldos insolutos, excepto para la adquisición de Vivienda Adicional "A", "B" y Rescate de Vivienda Adicional que será del 10%.

 


 

 

 

 

 

Adquisición de bienes muebles

Adquisición de bienes muebles A)

            Consistente en un crédito de hasta $ 120,000.00 pagaderos en 48 quincenas (2 años) con un descuento quincenal de: $ 2,633.36, para la adquisición de línea blanca, computadoras, etc., llenando la solicitud que se anexa y teniendo hasta dos meses una vez que se le haya entregado el dinero,  para comprobar por medio de las facturas la compra o compras realizadas por el trabajador académico

Adquisición de bienes muebles B)

            Consistente en un crédito de hasta $ 300,000.00 pagaderos hasta en 96 quincenas (4 años), con un descuento quincenal de $ 3,457.12, o en 72 quincenas (3 años) con un descuento de $ 4,498.33 para la adquisición de vehículo (nuevo o seminuevo), llenando la solicitud que se anexa y teniendo hasta dos meses una vez que se le haya entregado el dinero, para comprobar por medio de la factura certificada ante un fedatario público y la póliza de seguro de auto la compra de dicho vehículo realizada por el trabajador académico.

 

Adquisición de bienes muebles C)

            Consistente en un crédito de hasta $ 300,000.00 con hipoteca, pagaderos en 96 quincenas (4 años), con un descuento quincenal de $ 3,801.51. Este crédito no requiere comprobar su uso y solo se necesita el llenado de la solicitud que se anexa.

 

Duración: Como en el caso anterior, la H. Comisión de vivienda (que es de donde proviene estos rubros) se reúne de acuerdo al calendario establecido (ver Calendario) para sesionar y aprobar dichas solicitudes, una vez aprobadas aproximadamente en 2 semanas se hace la entrega de la cantidad solicitada.

 

Tabla de descuentos

  TECHOS FINANCIEROS 2013

 

PROGRAMA:

TECHO FINANCIERO:

INTERÉS:

PAGO QUINCENAL:

PLAZO:

Adquisición de Bienes

Muebles “A”

$   120,000.00 M/N

5%

$ 2,633.36

2 años

(48 quincenas)

Adquisición de Bienes

Muebles “B”

$ 300,000.00 M/N

5%

$ 3,457.12

4 años

(96 quincenas)

Adquisición de Bienes

Muebles “B”

$ 300,000.00 M/N

5%

$ 4,498.33

3 años

(72 quincenas)

Adquisición de Bienes

Muebles “C”

(Con hipoteca)

$ 300,000.00 M/N

10%

$ 3,801.51

4 años

(96 quincenas)

 

 

 

 Ver formato de solicitud

 

 

* NOTA: El interés aplicado es del 5% anual sobre saldos insolutos, excepto para la Adquisición de Bienes Muebles "C" que será del 10%.

 

 

 

 

 


Servicio Médico

Cláusula 87

La APAUADY gestionará las credenciales del departamento de salud, renovación o de nuevo ingreso a sus trabajadores académicos (contratos o períodos de estabilidad afiliados a la APAUADY), esposa, hijos incapacitados totalmente sin importar la edad, hijos menores solteros de 18 años. concubina en su caso así como a los progenitores del trabajador académico definitivo que dependan económicamente de él y no tengan derecho a otros servicios médicos de seguridad social. En los casos de los hijos mayores de 18 años, que estén estudiando y permanecen solteros, se deberá acreditar, semestral o anualmente según corresponda.

Asimismo al esposo de la trabajadora cuando éste se encuentre en incapacidad permanente total para trabajar y carezca de propiedades y derechos en cualquier servicio médico previa certificación de la Coordinación General de Salud de la UADY.

A los trabajadores académicos que tengan menos de 15 horas semanales, les será proporcionado el servicio médico quirúrgico solamente a ellos.

 Requisitos administrativos para DAR DE ALTA A BENEFICIARIOS de esta prestación:

 Llenar  la solicitud de credencial para el Servicio Médico (Ver formato de solicitud)

 Fotografía de cada beneficiario, en tamaño infantil con el nombre al reverso.

 Copia certificada del acta de nacimiento de cada beneficiario.

 Copia del acta de matrimonio, en su caso, certificada por el Oficial del Registro Civil que corresponda y expedida en un período no mayor de sesenta días anteriores a la fecha en que presente esta solicitud.

 Original del acta de concubinato, en su caso.

 Constancia de estudios o dictamen de discapacidad, tratándose de hijos mayores de 18 años de edad.

Duración del trámite: de 3 a 4 días.

 

Requisitos administrativos para RENOVACIÓN DE CREDENCIAL DE LOS SERVICIOS MÉDICOS:

 Llenar  la solicitud de credencial para el Servicio Médico (Ver formato de solicitud)

 Fotografía de cada beneficiario, en tamaño infantil con el nombre al reverso.

 Constancia de estudios o dictamen de discapacidad, tratándose de hijos mayores de 18 años de edad.

Duración del trámite: de 3 a 4 días.

 

 

 

 

 

 

Aparatos Ortopédicos

Reembolsos

Cláusula 101

Cuando el trabajador académico definitivo o sus beneficiarios requieran de aparatos ortopédicos o auditivos, así como de servicios odontológicos especializados, deberá hacerse las gestiones necesarios ante la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Universidad, la cual resolverá lo procedente. Los servicios odontológicos especializados la Universidad se compromete a proporcionarlos a través de la Facultad de Odontología. En caso de requerir zapatos ortopédicos la Universidad pagará hasta $ 535.00 (Quinientos treinta y cinco pesos moneda nacional) por el costo de los mismos cada vez que el médico especialista lo prescriba, en estos casos la prestación se otorgará en períodos mínimos de cinco meses. A partir del uno de enero de dos mil trece esta cantidad será de $ 550.00 (Quinientos cincuenta pesos moneda nacional).

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación:

 Original y 4 copias del recibo por concepto de reembolso (Ver hoja anexa)

 Original y 2 copias de la receta del médico especialista y

 Original y 2 copias de la factura

 

Duración: Para la recuperación del importe será de 3 a 4 semanas hábiles a partir de la fecha de recepción de la documentación completa.


 

 

 

 

 

 

 

 

 

Licencias y Permisos

Cláusula 18

Licencia con goce de salario por estudios

Los trabajadores académicos definitivos tienen derecho a obtener licencias con goce de salario y demás prestaciones, siempre que dicha licencia sea para realizar estudios de posgrado, conforme a los planes y programas de la dependencia de su adscripción, acordes con el Plan Institucional de desarrollo de la UADY. El académico deberá firmar con la Institución el convenio correspondiente. Dicha solicitud se deberá de realizar a través de la APAUADY dirigida al Rector al menos con 3 semanas de anticipación.  

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

Cláusula 19

Licencia sin goce de salario

            Los trabajadores académicos definitivos tienen derecho a solicitar en el período de doce meses consecutivos, tres licencias sin goce de salario hasta por un máximo de cuatro meses cada una, y en el caso de que solicite las tres licencias, no podrá solicitar otra nuevamente, sino hasta después de haber laborado un año al término de la licencia, debiendo incorporarse a sus actividades el día hábil inmediato siguiente a la fecha del vencimiento de la licencia solicitada. Dicha solicitud se deberá de realizar a través de la APAUADY dirigida al Rector al menos con 20 días hábiles de anticipación según el tipo de licencia que se solicite (Ver CCT UADY-APAUADY incisos "A", "B", "C").

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

 

 Cláusula 34

Permiso con goce de salario

            Los trabajadores académicos tendrán derecho a obtener permisos con goce de salario en los casos siguientes:

A)   Para los académicos 5 días hábiles por matrimonio. En este caso se deberá solicitar el permiso con quince días de anticipación cuando menos. Dichos días podrán ser otorgados en fecha inmediata anterior o posterior al matrimonio.

B)  Un día a los trabajadores académicos de 40 horas semanales o más, cuya esposa de a luz por parto natural; y 2 días en caso de que el parto sea por operación cesárea, lo que deberá de acreditar por medio de constancia expedida por la Coordinación General de Salud de la Universidad.

C) Un día por el fallecimiento de hermanos del trabajador académico definitivo.

D) Tres días por fallecimiento del cónyuge, de sus progenitores o de sus hijos.

E) Hasta 8 días para asistir a cursos o congresos relacionados con las áreas de su especialidad, siempre y cuando dichos cursos o congresos sean acordes con los planes académicos y de desarrollo del centro de trabajo de su adscripción.

F) Para comparecer, previa cita, ante las autoridades judiciales, acreditando el trabajador la necesidad de la medida. Este permiso se otorgará por el tiempo estrictamente indispensable al caso; a la terminación del permiso solicitado, el trabajador académico, dentro de los treinta días siguientes, deberá efectuar ante la autoridad que le otorgó el permiso, la comprobación correspondiente al permiso concedido y para el caso de no hacerlo, se le harán los descuentos salariales respectivos. 

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

 

Cláusula 35

Licencias sin goce de salario

La Universidad concederá licencia sin goce de sueldo al trabajador académico definitivo en los casos siguientes:

A)  Para desempeñar cargos de elección popular por el tiempo que esté en el ejercicio de sus funciones.

B) Cuando hayan sido designados para desempeñar algún cargo público en la administración centralizada o paraestatal, ya sea federal, estatal o municipal.

C) Cuando gane un concurso de oposición por el tiempo que dure el período de estabilidad.

Para el caso a que se refiere el inciso "B", dicha licencia se otorgará previo acuerdo entre la UADY y la APAUADY.

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

 

Cláusula 36

Días económicos

            Los trabajadores académicos definitivos, podrán disfrutar de 5 días económicos en forma anual, en proporción al tiempo laborado durante el año, para dedicarlos a actividades familiares o de carácter personal, éstos días se concederán previa solicitud hecha a través de la APAUADY, con dos días hábiles de anticipación cuando menos y siempre que no se piden al iniciar o concluir períodos vacacionales. Así mismo se les pagará a los trabajadores académicos en proporción al tiempo trabajado, que no hayan disfrutado de dichos días económicos, el salario tabulado más antigüedad correspondiente al día o días no disfrutados, sin que dicho pago pueda exceder de cuatro días, mismo que se realizará junto con el importe del aguinaldo.

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

 

Cláusula 37

Permiso sin goce de salario

            Los trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a que se les den hasta diez días semestrales, sin goce de salario tabulado y del pago de antigüedad, para dedicarlo a actividades familiares o de carácter personal. Éstos días podrán ser sucesivos y se concederán previa solicitud hecha a través de la APAUADY con 3 días hábiles de anticipación cuando menos y siempre que no se pidan al iniciar o concluir períodos vacacionales.  

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

Cláusula 38

Licencias para la obtención de título o grado académico

            Los trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a una licencia de mes y medio con goce de salario para dedicarla a la elaboración de su tesis o monografía y a los trámites de su examen profesional a nivel licenciatura; éste período podrá ampliarse hasta por 15 días más a juicio del asesor.

            En caso de que la licencia sea únicamente para los trámites del examen profesional, ésta será de 15 días naturales.

            Asimismo los trabajadores académicos definitivos que realicen estudios de posgrado, tendrán derecho a una licencia de mes y medio con goce de salario para la elaboración de su tesis y tramitación para la obtención del diploma o grado correspondientes. Dicho período podrá ser ampliado hasta por dos meses y medio mas a juicio del asesor de tesis, siempre y cuando se solicite al vencimiento de la licencia inmediata anterior.

            Éstas solicitudes deberán realizarse a través de la APAUADY con al menos 3 semanas de anticipación y en los casos de ampliación de las mismas deberá enviarse juntamente con la solicitud respectiva, la opinión del asesor que justifique la ampliación de dicha licencia.

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

 

Cláusula 39

Permiso por enfermedad de los hijos o del cónyuge

            Las trabajadoras académicas definitivas tendrán derecho a que se les conceda permiso con goce de salario hasta por un máximo de 5 días hábiles para que atiendan a sus hijos menores de doce años de edad, siempre y cuando sea por enfermedad que amerite la atención personal de la trabajadora académica.

            Esta prestación será válida para las trabajadoras académicas definitivas que laboren un mínimo de 15 horas semanales y para el otorgamiento de dicho permiso, será requisito necesario la certificación de la Coordinación General de Salud de la UADY, para la comprobación de la enfermedad.

            Esta prestación será extensiva a los trabajadores académicos definitivos cuando tengan la custodia legal de sus hijos en los mismos términos del párrafo anterior.

            En casos excepcionales de enfermedades, que ameriten la hospitalización del cónyuge mediante la comprobación con la constancia médica de la Coordinación General de Salud de la UADY, se podrá conceder al trabajador académico, permiso durante la hospitalización, solo por los primeros 5 días con goce de salario.

Ver formato de solicitud   (LLENAR LA SOLICITUD A MÁQUINA O COMPUTADORA)

 

Cláusula 94

Licencia por parto     

            La universidad concederá a las trabajadoras académicas con motivo de parto, un período de 90 días de licencia con goce de salario. Estos días se podrán disfrutar al finalizar el embarazo y/o inmediatamente después del parto, para lo cual se oirá la opinión de la interesada y de la Coordinación General de Salud de la UADY. Cuando las vacaciones queden comprendidas en el período de incapacidad, la trabajadora tendrán derecho a gozar el período vacacional inmediatamente después que concluya la incapacidad.

 

 

Cláusula 95

Licencia por adopción de infante

            La UADY se obliga y compromete que para el caso de que una trabajadora académica definitiva tome en adopción a un infante no mayor de un año de nacido, le otorgará 45 días de licencia con goce de salario íntegro a partir de la fecha en que haya efectuado dicha adopción y tendrán los mismos derechos que las madres naturales.

 

 


 

Incremento de vacaciones por antigüedad

Cláusula 84

La Universidad otorgará a sus trabajadores académicos en servicio activo como estímulo, un incremento al número de días a disfrutar de vacaciones según lo estipulado en la Cláusula 83, tomando en cuenta su antigüedad y conforme a la siguiente tabla:

De 10 a 14 años              2 días

De 15 a 19 años              5 días

De 20 a 24 años              7 días

De 25 a 29 años              9 días

De 30 o más años          12 días

 

Este derecho podrá ser disfrutado por los trabajadores durante el plazo de un año, a partir de la fecha del cumplimiento de cada año de antigüedad.

 

 

Requisitos administrativos para hacer efectiva la prestación:

Solicitud por escrito dirigida al Secretario General de la APAUADY , (ver formato anexo) que contenga los siguientes datos:

Nombre del trabajador

Lugar de adscripción

No. de años de Antigüedad

Clave de Empleado

Período o días solicitados

Observaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

Exención de pago para la realización de estudios

Cláusula 21

            La Universidad concederá exención de pagos de inscripción y cuotas hasta la titulación a los trabajadores académicos definitivos, así como a su cónyuge e hijos solteros menores de dieciocho años y hasta veinticinco años de edad cuando adquieran la calidad de alumnos de la Universidad por año lectivo de nivel preparatoria, licenciatura, incluyendo cursos de verano o posgrado; en el caso de los posgrados, la edad máxima será hasta los veintiocho años de edad para los hijos de los trabajadores que permanezcan activos; y no podrán repetir curso alguno, para el goce de dicha exención. También se concederá exención de pagos de inscripción y cuotas a los trabajadores académicos definitivos, así como a su cónyuge e hijos que tomen cursos de idiomas en la dependencia correspondiente de la Universidad. En ambos casos, a los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas semanales, se les apoyará con la parte proporcional de su jornada de trabajo.

        Independiente de lo antes establecido, cuando se trate de alguno de los cursos propedéuticos que se imparten en la Universidad, esta Institución cubrirá hasta el cincuenta por ciento del costo de la inscripción correspondiente.

        A los trabajadores académicos definitivos que laboren veinte horas o más a la semana, la Universidad les concederá exención de pagos de inscripción y de cuotas hasta la obtención del diploma o grado correspondiente de conformidad con los planes y programas de la Universidad y de la propia dependencia de su adscripción.

        A los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas a la semana se les apoyará en la parte proporcional a su jornada de trabajo. Para el ejercicio del derecho que confiere esta cláusula, la solicitud de exención estará dirigida con la debida anticipación al inicio de los cursos por el interesado a través de la "APAUADY" a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la UADY, enviando copia de la misma al Director de la Escuela o Facultad donde pretenda realizar sus estudios. Para el caso de haber solicitado otro curso con anterioridad, se deberá comprobar con la constancia respectiva, la conclusión del mismo y la obtención en su caso del título, diploma o grado correspondiente. LOS PAGOS EFECTUADOS DIRECTAMENTE POR EL TRABAJADOR ACADÉMICO DEFINITIVO NO SERÁN REEMBOLSABLES (En caso de duda (según muestra anexa), comunicarse directamente a la APAUADY).

        En el supuesto de que el trabajador académico definitivo o sus beneficiarios abandonarán los estudios por los que se les exentó, la Universidad descontará del salario del trabajador el importe total de la exención o el reembolso concedidos en los términos de esta cláusula, salvo que el abandono se originara por cuestiones de salud, previo dictamen del Departamento de Salud de la Universidad o por casos fortuitos o de fuerza mayor.

 

Solicitudes a través de la  APAUADY o por medio del Delegado Sindical  y duración del trámite

Exenciones de pago (según muestra anexa) original y copia debidamente llenada.

Una semana aproximadamente para los 1ros. Ingresos.

Una semana aproximadamente para los segundos cursos o semestres en adelante siempre y cuando comprueben el curso que hayan tomado con anterioridad, ya que sin esto no podrá salir la exención debidamente autorizada

 

Reembolso de Inscripción:       Solo para los primeros ingresos.

Original y 4 copias del recibo por concepto de reembolso de inscripción.

Original y 2 copias del recibo de inscripción que la escuela o facultad le expide, y

Original y 2 copias de la constancia de alumno regular.

 

Duración: de 3 a 4 semanas aproximadamente es la duración de éste trámite, una vez autorizado por el departamento de prestaciones éste dará un contra recibo con la fecha para su cobro y el cheque saldrá a nombre del académico siempre y cuando éste debidamente llenada y completa la documentación