Son
miembros del sindicato denominado Asociación del Personal Académico de la
Universidad Autónoma de Yucatán, los trabajadores que desempeñen puestos de
base, por licencias, por obra determinada, tiempo determinado, mientras duren
en el desempeño de sus labores en la UADY, siempre y cuando hayan solicitado su
afiliación al sindicato y esta haya sido aceptada.
Para Ingresar
al sindicato se requiere, solicitar el ingreso mediante un escrito (ver hoja
anexa) a través del Delegado del Centro de Trabajo de Adscripción, recibida la
solicitud de referencia el Comité Ejecutivo determinará lo conducente sobre la
admisión; una vez aceptada ésta se le empezará a descontar vía nómina su cuota
ordinaria APAUADY en la última quincena inmediata a su aceptación.
Duración del trámite. Máximo un mes.
La UADY cuenta con un fondo de $ 385,000.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS S/C M.N.), para ayuda a los gastos de los trabajadores académicos definitivos para su participación en congresos, simposios, mesas redondas, etc., de acuerdo al programa de trabajo del académico y a propuesta de la APAUADY. A partir del uno de enero de dos mil trece, este fondo será de $ 390,000.00 (Trescientos noventa mil pesos moneda nacional).
Solicitud
a través de la APAUADY por medio del Delegado Sindical de su centro de trabajo, quien lo canalizará
con su visto bueno impreso y el monto del
apoyo correspondiente. Dicha solicitud deberá tener los siguientes datos:
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Nombre
completo del trabajador |
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Lugar
de adscripción |
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Clave
de empleado |
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Categoría
y Nivel |
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Horas
laborables (base) |
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Nombre, lugar y fecha (s) del
curso, congreso, simposio, mesas redondas, etc., en donde va a participar. |
Cabe
aclarar que como dicha ayuda es para gastos por comprobar, se deberá
justificar con la (s) factura (s) a nombre:
Universidad
Autónoma de Yucatán
Domicilio: Calle 60 No. 491 A. x 57
Mérida, Yucatán, México, CP 97,000
RFC: UAY 840901 2S1
Duración del trámite: Aproximadamente 3 ó 4 semanas hábiles
a partir de la fecha en que recibamos los comprobantes de gastos correctamente requisitados.
La
universidad proporcionará a la APAUADY anualmente veinte equipos deportivos completos
de Soft-ball o su equivalente, y cuya calidad será similar a la de los útiles
empleados por las selecciones que representan a la Universidad.
Por
medio del Delegado Sindical de su centro de trabajo y dirigido al Secretario General, se solicitara el
apoyo por escrito, anexando cuando menos dos presupuestos de establecimientos
comerciales del ramo deportivo con los siguientes datos:
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Nombre completo de quien solicita |
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Lugar de adscripción |
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Categoría y nivel |
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Clave de empleado y |
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Nombres lugares de adscripción y claves de los integrantes del equipo. |
La duración para la entrega del material deportivo es de 3 a 4 semanas hábiles
aproximadamente a partir de la fecha de recepción del documento en la APAUADY.
Las trabajadoras académicos definitivas que laboren cuatro horas o más al día, tendrán derecho a que la Universidad les pague $620.00 (Seiscientos veinte pesos moneda nacional), por concepto de guardería, así como un pago adicional máximo de $620.00 (Seiscientos veinte pesos moneda nacional), pagaderos en el mes de julio, por concepto de apoyo de inscripción. Debiendo acreditar trimestralmente como mínimo con los recibos de pago correspondientes a la utilización del servicio. A las trabajadores que labores menos de cuatro horas al día se les pagará proporcional a su jornada de trabajo. Esta prestación será extensiva a los trabajadores académicos viudos o padres de familia que tengan bajo su custodia a sus hijos, lo que deberá comprobar en la forma legal, que corresponda, a la Universidad para tener derecho a esta prestación. Esta prestación se otorgará a los hijos de los trabajadores académicos antes mencionados desde los cuarenta y cinco días de nacidos hasta los cinco años de edad; pero cuando un menor cumpla seis años dentro del período escolar se prolongará su permanencia hasta el término del mismo. A partir del uno de enero de dos mil trece esta cantidad será de $ 620.00 (Seiscientos veinte pesos moneda nacional) mensuales. Esta cláusula continuará vigente cuando menos con la cantidad indicada en el párrafo anterior al vencimiento de este contrato.
Calendario 20
|
COMPROBACIÓN DE PAGOS EFECTUADOS |
REEMBOLSOS (A TRAVÉS DE NOMINA) |
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PERÍODOS POR COMPROBAR
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PERÍODOS DE RECEPCIÓN |
SE HACEN EFECTIVOS MENSUALMENTE, A PARTIR DE LA 2ª QUINCENA DEL MES EN QUE SE SOLICITE EL ALTA |
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ENERO/FEBRERO/MARZO
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DEL 1 AL 9 DE MARZO |
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ABRIL/MAYO/JUNIO
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DEL 1 AL 8 DE JUNIO |
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JULIO/AGOSTO
|
MES EN QUE SEA COBRADO POR LA GUARDERÍA |
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INSCRIPCIÓN
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DEL 1 AL 8 DE JUNIO |
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SEPTIEMBRE
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DEL 3 AL 7 DE SEPTIEMBRE |
|
|
OCTUBRE/NOVIEMBRE/DICIEMBRE
|
DEL 3 al 7 DE DICIEMBRE |
|
Formato de recibo
Los
trabajadores académicos definitivos de 40 horas o más quincenales, tendrán
derecho a que la Universidad les otorgue becas de $650.00 (Seiscientos
Cincuenta Pesos 00/100 M/N) mensuales a cada uno de sus hijos que estén cursando preparatoria o
licenciatura dentro de la UADY o preparatoria en Escuelas Públicas Oficiales,
siempre y cuando tengan y mantengan un promedio no menor de 80 puntos
semestrales y no estén repitiendo curso alguno. A los trabajadores académicos
definitivos que laboren menos de 40 horas quincenales se les otorgará el 50% de
esta prestación, $325.00 (Trescientos veinticinco pesos moneda nacional).
|
MES: |
PERÍODO DE
RECEPCIÓN: |
FECHA DE
PAGO |
| Enero |
del 14 al 17 de Enero |
25/Febrero/2013 |
| Febrero |
del 28 al 30 de Enero |
11/Marzo/2013 |
| Marzo |
del 19 al 21 de Febrero |
15/Abril/2013 |
| Abril |
del 12 al 14 de Marzo |
10/Mayo/2013 |
| Mayo |
del 22 al 25 de Abril |
3/Junio/2013 |
| Junio |
del 27 al 29 de Mayo |
1/Julio/2013 |
1.
Solicitud para el pago de beca
por estudio.-
En original y 2 copias
(según muestra anexa)
2. Constancia de estudios.- En original y 1 copia, especificando estar inscrito como alumno regular del período que solicita. Este documento no será necesario en caso de haberlo exhibido en la Coordinación General para otros trámites, lo cual deberá aclarar oportunamente.
3. Carta promedio.- En original y 1 copia, con promedio del semestre/período anterior al que solicita. (80 mínimo). Este documento no se requiere para alumnos de nuevo ingreso.
4. Forma de pago.- Las becas se harán efectivas a través del sistema de "Tarjeta Santander Prepagada", a cargo del Banco Santander (México), S.A. A los becarios de nuevo ingreso se les hará entrega de la tarjeta bancaria en el área de prestaciones de la Coordinación General de Recursos Humanos (3er. Piso del Edificio Central), del 18 al 21 de Febrero de 2013 de las 8:00 a las 14:30 horas. El becario deberá exhibir su identificación y firmar la recepción de la tarjeta, siendo necesario también la firma del trabajador si el estudiante es menor de edad.
La Universidad
se obliga a otorgar becas de $285.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M/N) mensuales
para los hijos de los trabajadores académicos definitivos que requieran de
educación especial, previo dictamen de la Coordinación General de Salud de la
Universidad.
1.
Solicitud para el pago de beca.-
Original y 2 copias del formato del pago de la beca
(según muestra anexa)
2. Original y 1 copia de los comprobantes de pago cuyos meses solicita.
Los trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a que la Universidad les proporcione el importe de los libros de texto que utilicen sus hijos que cursen la preparatoria en la UADY o en escuelas públicas oficiales del Estado de Yucatán. A los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas a la semana, se le otorgará el cincuenta por ciento del importe de esta prestación.
Los
trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a que la Universidad les
proporcione un libro de texto por asignatura, que utilicen sus hijos que cursen
los estudios de licenciatura en la UADY o en el Instituto Tecnológico de
Mérida, Yucatán. Esta prestación será otorgada una sola vez en cada curso. A
los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas a la
semana, se les otorgará esta prestación en la parte proporcional a su jornada
de trabajo.
En
ambos casos, se pueden hacer cualquiera de los dos trámites:
Vale de libro (ver hoja anexa)
|
|
Llenando todos y cada uno de los datos que se piden en original y 2 copias. |
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|
Original de la constancia de alumno regular del curso o semestre que actualmente está cursando y |
|
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Lista de libros en hoja membretada de la escuela o facultad, debidamente sellada y firmada. |
Duración del trámite: 3 a 4 días a partir de la fecha en que recibamos dicha solicitud debidamente llenada y con todos los requisitos
Reembolso de libros (ver hoja anexa)
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Original y 4 copias del recibo por concepto de reembolso debidamente llenada con todos los datos que se piden. |
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Original de la constancia de alumno regular del curso o semestre que actualmente está cursando. |
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Lista oficial de libros en hoja membretada de la escuela o facultad, debidamente sellada y firmada, y |
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Factura (s) con la descripción del (os) libro (s) según la lista oficial a nombre de: |
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|
Universidad Autónoma de Yucatán en original y 2 copias |
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Calle 60 No. 491 A x 47 |
|
|
Mérida, Yuc. Méx. CP 97000 |
|
|
RFC: UAY
840901 2S1 |
|
|
Duración del trámites: Aproximadamente de 3 a 4 semanas a partir de la fecha en que recibamos dichos recibos debidamente llenada y con todos los requisitos. |
Durante este
año la Universidad tiene un fondo de $ 340,000.00 (Trescientos cuarenta mil pesos
moneda nacional), que servirá para otorgar préstamos al inicio de cada semestre
escolar a los trabajadores académicos definitivos de cuarenta horas o más
semanales y a los de veinte horas o más en su parte proporcional, para la
adquisición de útiles escolares de sus hijos y hasta por la cantidad de: $
7,000.00 (Siete mil pesos moneda nacional), sin intereses pagaderos
hasta en diez quincenas.
Duración: Aproximadamente
tres semanas, a partir de la fecha de recepción de la solicitud hecha a través
de la APAUADY por medio del Delegado Sindical, anexando la última copia de la
tira de pago.
La Universidad dispondrá de un fondo especial
de $ 2’200,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL DE PESOS S/C M.N.), que servirá para otorgar préstamos a los académicos definitivos, hasta
por diez quincenas de salario tabulado pagaderos hasta en dieciocho meses, con un
interés del 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) mensual sobre saldos
insolutos. Este fondo y
los intereses que se generen serán revolventes y los préstamos se otorgarán a los
trabajadores a propuesta de la APAUADY. A partir del uno de enero de dos mil
trece dicho fondo será de 2'200,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS S/C M.N.).
Duración: Tres semanas aproximadamente a partir de la
recepción de la solicitud con la última copia de la tira de pago en la APAUADY
o a través del Delegado Sindical,
Solicitud
La Universidad
se obliga a continuar aportando al fondo destinado a la vivienda de los
trabajadores, que se creó en enero de mil novecientos ochenta y cuatro, una
cantidad que en ningún caso será menor a las cantidades totales que, como
cuota, la UADY pagaría al INFONAVIT. Este fondo servirá para cubrir las
necesidades de vivienda de los trabajadores académicos universitarios y los
créditos se otorgarán conforme al Manual de Operaciones en vigor.
Duración: La
H. Comisión de Vivienda se reúne según calendario establecido (ver
Calendario) para sesionar y aprobar las
solicitudes que entraron en ese período, una vez aprobadas, aproximadamente en
2 semanas se hace la entrega de dicho dinero, solo que en la Construcción de
vivienda se
entrega en dos cheques según calendario de la obra y en la Adquisición de Vivienda
el cheque se entregará a la firma de la escritura al vendedor.
TECHOS FINANCIEROS 2013
CRÉDITOS DE VIVIENDA
|
PROGRAMA: |
TECHO FINANCIERO: |
INTERÉS: |
PAGO QUINCENAL: |
PLAZO: |
|
Dotación de servicios públicos |
$ 55,000.00 M/N |
5% |
$ 1,589.46 |
1 año 6 meses (36 quincenas) |
|
Mejoramiento de Vivienda (Remodelación) |
$ 150,000.00 M/N |
5% |
$ 2,249.17 |
3 años (72 quincenas) |
|
Ampliación o Mejoras de vivienda |
$ 365,000.00 M/N |
5% |
$ 2,942.54 |
6 años (144 quincenas) |
|
Dotación del Importe del enganche para adquisición de vivienda |
$ 300,000.00 M/N |
5% |
$ 2,418.53 |
6 años (144 quincenas) |
|
Adquisición de terreno para construir vivienda |
$ 300,000.00 M/N |
5% |
$ 2,833.44 |
5 años (120 quincenas) |
|
Construcción de vivienda |
$ 900,000.00 M/N |
5% |
$ 3,567.96 |
15 años (360 quincenas) |
|
Adquisición de vivienda |
$ 1,300,000.00 M/N |
5% |
$ 5,153.72 |
15 años (360 quincenas) |
|
Vivienda Adicional A) (Adquisición de Vivienda) |
$ 900,000.00 M/N | 10% |
$ 4, 824.72 |
15 años (360 quincenas) |
|
Vivienda Adicional B) (Construcción de Vivienda) |
$ 660,000.00 M/N |
10% |
$ 3,538.13 |
15 años (360 quincenas) |
|
Rescate de 1a. Vivienda (Liquidación de Crédito para Vivienda a Institución Financiera) |
$ 900,000.00 M/N |
5% |
$ 4,781.75 |
10 años (240 quincenas) |
|
Rescate Vivienda Adicional (Liquidación de Crédito para Vivienda a Institución Financiera) |
$ 900,000.00 M/N |
10% |
$ 5,936.82 |
10 años (240 quincenas) |
Consistente
en un crédito de hasta $ 120,000.00 pagaderos en 48 quincenas (2 años)
con un descuento quincenal de: $ 2,633.36, para la adquisición de línea blanca,
computadoras, etc., llenando la solicitud que se anexa y teniendo hasta dos
meses una vez que se le haya entregado el dinero, para comprobar por medio de las facturas la compra o compras
realizadas por el trabajador académico
Consistente en un crédito de hasta $ 300,000.00 pagaderos hasta en 96 quincenas (4 años), con un descuento quincenal de $ 3,457.12, o en 72 quincenas (3 años) con un descuento de $ 4,498.33 para la adquisición de vehículo (nuevo o seminuevo), llenando la solicitud que se anexa y teniendo hasta dos meses una vez que se le haya entregado el dinero, para comprobar por medio de la factura certificada ante un fedatario público y la póliza de seguro de auto la compra de dicho vehículo realizada por el trabajador académico.
Consistente en un crédito de hasta $ 300,000.00 con hipoteca, pagaderos en 96 quincenas (4 años), con un descuento quincenal de $ 3,801.51. Este crédito no requiere comprobar su uso y solo se necesita el llenado de la solicitud que se anexa.
Duración: Como en el caso anterior, la H. Comisión de vivienda (que es de donde proviene estos rubros) se reúne de acuerdo al calendario establecido (ver Calendario) para sesionar y aprobar dichas solicitudes, una vez aprobadas aproximadamente en 2 semanas se hace la entrega de la cantidad solicitada.
|
PROGRAMA: |
TECHO FINANCIERO: |
INTERÉS: |
PAGO QUINCENAL: |
PLAZO: |
|
Adquisición de Bienes Muebles “A” |
$ 120,000.00 M/N |
5% |
$ 2,633.36 |
2 años (48 quincenas) |
|
Adquisición de Bienes Muebles “B” |
$ 300,000.00 M/N |
5% |
$ 3,457.12 |
4 años (96 quincenas) |
|
Adquisición de Bienes Muebles “B” |
$ 300,000.00 M/N |
5% |
$ 4,498.33 |
3 años (72 quincenas) |
|
Adquisición de Bienes Muebles “C” (Con hipoteca) |
$ 300,000.00 M/N |
10% |
$ 3,801.51 |
4 años (96 quincenas) |
* NOTA: El interés aplicado es del 5% anual sobre saldos insolutos, excepto para la Adquisición de Bienes Muebles "C" que será del 10%.
La APAUADY gestionará las
credenciales del departamento de salud, renovación o de nuevo ingreso a sus trabajadores
académicos (contratos o períodos de estabilidad afiliados a la APAUADY),
esposa, hijos incapacitados totalmente sin importar la edad, hijos menores
solteros de 18 años. concubina en su caso así como a los progenitores del
trabajador académico definitivo que dependan económicamente de él y no tengan
derecho a otros servicios médicos de seguridad social. En los casos de los
hijos mayores de 18 años, que estén estudiando y permanecen solteros, se deberá
acreditar, semestral o anualmente según corresponda.
Asimismo al esposo de la trabajadora cuando éste se encuentre en
incapacidad permanente total para trabajar y carezca de propiedades y derechos
en cualquier servicio médico previa certificación de la Coordinación General de Salud de
la UADY.
A los trabajadores académicos que tengan menos de 15 horas semanales,
les será proporcionado el servicio médico quirúrgico solamente a ellos.
|
|
Llenar la solicitud de credencial para el Servicio Médico (Ver formato de solicitud) |
|
|
Fotografía de cada
beneficiario, en tamaño infantil con el nombre al reverso. |
|
|
Copia certificada del acta de nacimiento de cada beneficiario. |
|
|
Copia del acta de matrimonio, en su caso, certificada por el Oficial del Registro Civil que corresponda y expedida en un período no mayor de sesenta días anteriores a la fecha en que presente esta solicitud. |
|
|
Original del acta de concubinato, en su caso. |
|
|
Constancia de
estudios o dictamen de discapacidad, tratándose de hijos mayores de
18 años de edad. |
Duración
del trámite: de 3 a 4 días.
|
|
Llenar la solicitud de credencial para el Servicio Médico (Ver formato de solicitud) |
|
|
Fotografía de cada
beneficiario, en tamaño infantil con el nombre al reverso. |
|
|
Constancia de
estudios o dictamen de discapacidad, tratándose de hijos mayores de
18 años de edad. |
Duración
del trámite: de 3 a 4 días.
Cuando el trabajador académico definitivo o sus beneficiarios requieran de aparatos ortopédicos o auditivos, así como de servicios odontológicos especializados, deberá hacerse las gestiones necesarios ante la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Universidad, la cual resolverá lo procedente. Los servicios odontológicos especializados la Universidad se compromete a proporcionarlos a través de la Facultad de Odontología. En caso de requerir zapatos ortopédicos la Universidad pagará hasta $ 535.00 (Quinientos treinta y cinco pesos moneda nacional) por el costo de los mismos cada vez que el médico especialista lo prescriba, en estos casos la prestación se otorgará en períodos mínimos de cinco meses. A partir del uno de enero de dos mil trece esta cantidad será de $ 550.00 (Quinientos cincuenta pesos moneda nacional).
|
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Original y 4 copias del recibo por concepto
de reembolso (Ver hoja anexa) |
|
|
Original y 2 copias de la receta del médico
especialista y |
|
|
Original y 2 copias de la factura |
Duración: Para la recuperación del importe será de 3 a
4 semanas hábiles
Los
trabajadores académicos definitivos tienen derecho a obtener licencias con goce de
salario y demás prestaciones, siempre que dicha licencia sea para realizar
estudios de posgrado, conforme a los planes y programas de la dependencia de su
adscripción, acordes con el Plan Institucional de desarrollo de la UADY. El
académico deberá firmar con la Institución el convenio correspondiente. Dicha
solicitud se deberá de realizar a través de la APAUADY dirigida al Rector al menos con 3 semanas
de anticipación.
Los trabajadores
académicos definitivos tienen derecho a solicitar en el período de doce meses
consecutivos, tres licencias sin goce de salario hasta por un máximo de cuatro
meses cada una, y en el caso de que solicite las tres licencias, no podrá
solicitar otra nuevamente, sino hasta después de haber laborado un año al
término de la licencia, debiendo incorporarse a sus actividades el día hábil
inmediato siguiente a la fecha del vencimiento de la licencia solicitada. Dicha
solicitud se deberá de realizar a través de la APAUADY dirigida al Rector al menos con
20 días hábiles
de anticipación según el tipo de licencia que se solicite (Ver CCT UADY-APAUADY
incisos "A", "B", "C").
Los
trabajadores académicos tendrán derecho a obtener permisos con goce de salario
en los casos siguientes:
A) Para los
académicos 5 días hábiles por matrimonio. En este caso se deberá solicitar el
permiso con quince días de anticipación cuando menos. Dichos días podrán ser
otorgados en fecha inmediata anterior o posterior al matrimonio.
B) Un día a los trabajadores académicos de 40 horas semanales o más, cuya esposa de a luz por parto natural; y 2 días en caso de que el parto sea por operación cesárea, lo que deberá de acreditar por medio de constancia expedida por la Coordinación General de Salud de la Universidad.
C) Un día por el fallecimiento de hermanos del trabajador académico definitivo.
D) Tres días por
fallecimiento del cónyuge, de sus progenitores o de sus hijos.
E)
Hasta 8 días para
asistir a cursos o congresos relacionados con las áreas de su especialidad, siempre y cuando dichos
cursos o congresos sean acordes con los planes académicos y de desarrollo del centro
de trabajo de su adscripción.
F) Para comparecer,
previa cita, ante las autoridades judiciales, acreditando el trabajador la
necesidad de la medida. Este permiso se otorgará por el tiempo estrictamente
indispensable al caso; a la terminación del permiso solicitado, el trabajador
académico, dentro de los treinta días siguientes, deberá efectuar ante la
autoridad que le otorgó el permiso, la comprobación correspondiente al permiso
concedido y para el caso de no hacerlo, se le harán los descuentos salariales
respectivos.
La Universidad
concederá licencia sin goce de sueldo al trabajador académico definitivo en los
casos siguientes:
A) Para desempeñar
cargos de elección popular por el tiempo que esté en el ejercicio de sus
funciones.
B) Cuando hayan sido designados para desempeñar algún cargo público en la administración centralizada o paraestatal, ya sea federal, estatal o municipal.
C) Cuando gane un concurso de oposición por el tiempo que dure el período de estabilidad.
Para el caso a que se refiere
el inciso "B", dicha licencia se otorgará previo acuerdo entre la UADY y
la APAUADY.
Los trabajadores académicos definitivos, podrán disfrutar de 5 días económicos en forma anual, en proporción al tiempo laborado durante el año, para dedicarlos a actividades familiares o de carácter personal, éstos días se concederán previa solicitud hecha a través de la APAUADY, con dos días hábiles de anticipación cuando menos y siempre que no se piden al iniciar o concluir períodos vacacionales. Así mismo se les pagará a los trabajadores académicos en proporción al tiempo trabajado, que no hayan disfrutado de dichos días económicos, el salario tabulado más antigüedad correspondiente al día o días no disfrutados, sin que dicho pago pueda exceder de cuatro días, mismo que se realizará junto con el importe del aguinaldo.
Los
trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a que se les den hasta diez
días semestrales, sin goce de salario tabulado y del pago de antigüedad, para
dedicarlo a actividades familiares o de carácter personal. Éstos días podrán
ser sucesivos y se concederán previa solicitud hecha a través de la APAUADY con
3 días hábiles de anticipación cuando menos y siempre que no se pidan al
iniciar o concluir períodos vacacionales.
Los trabajadores académicos definitivos tendrán derecho a una licencia de mes y medio con goce de salario para dedicarla a la elaboración de su tesis o monografía y a los trámites de su examen profesional a nivel licenciatura; éste período podrá ampliarse hasta por 15 días más a juicio del asesor.
En caso de que la licencia sea únicamente para los trámites del examen profesional, ésta será de 15 días naturales.
Asimismo los trabajadores académicos definitivos que realicen estudios de posgrado, tendrán derecho a una licencia de mes y medio con goce de salario para la elaboración de su tesis y tramitación para la obtención del diploma o grado correspondientes. Dicho período podrá ser ampliado hasta por dos meses y medio mas a juicio del asesor de tesis, siempre y cuando se solicite al vencimiento de la licencia inmediata anterior.
Éstas solicitudes deberán realizarse a
través de la APAUADY con al menos 3 semanas de anticipación y en los casos de
ampliación de las mismas deberá enviarse juntamente con la solicitud
respectiva, la opinión del asesor que justifique la ampliación de dicha
licencia.
Las trabajadoras académicas definitivas tendrán derecho a que se les conceda permiso con goce de salario hasta por un máximo de 5 días hábiles para que atiendan a sus hijos menores de doce años de edad, siempre y cuando sea por enfermedad que amerite la atención personal de la trabajadora académica.
Esta prestación será válida para las trabajadoras académicas definitivas que laboren un mínimo de 15 horas semanales y para el otorgamiento de dicho permiso, será requisito necesario la certificación de la Coordinación General de Salud de la UADY, para la comprobación de la enfermedad.
Esta prestación será extensiva a los trabajadores académicos definitivos cuando tengan la custodia legal de sus hijos en los mismos términos del párrafo anterior.
En casos excepcionales de enfermedades, que ameriten la
hospitalización del cónyuge mediante la comprobación con la constancia médica
de la Coordinación General de Salud de la UADY, se podrá conceder al trabajador
académico, permiso durante la hospitalización, solo por los primeros 5 días con
goce de salario.
La
universidad concederá a las trabajadoras académicas con motivo de parto, un
período de 90 días de licencia con goce de salario. Estos días se podrán
disfrutar al finalizar el embarazo y/o inmediatamente después del parto, para
lo cual se oirá la opinión de la interesada y de la Coordinación General de Salud de la UADY. Cuando las vacaciones queden comprendidas en el período de incapacidad,
la trabajadora tendrán derecho a gozar el período vacacional inmediatamente
después que concluya la incapacidad.
La UADY se obliga y
compromete que para el caso de que una trabajadora académica definitiva tome en
adopción a un infante no mayor de un año de nacido, le otorgará 45 días de
licencia con goce de salario íntegro a partir de la fecha en que haya efectuado
dicha adopción y tendrán los mismos derechos que las madres naturales.
La Universidad
otorgará a sus trabajadores académicos en servicio activo como estímulo, un
incremento al número de días a disfrutar de vacaciones según lo estipulado en la
Cláusula 83, tomando en cuenta su
antigüedad y conforme a la siguiente tabla:
|
De 10 a 14 años 2 días |
|
De 15 a 19 años 5
días |
|
De 20 a 24 años 7
días |
|
De 25 a 29 años 9
días |
|
De 30 o más años 12 días |
Este derecho podrá ser disfrutado por los trabajadores durante el plazo de un año, a partir de la fecha del cumplimiento de cada año de antigüedad.
|
|
Nombre del trabajador |
|
|
Lugar de adscripción |
|
|
No. de años de Antigüedad |
|
|
Clave de Empleado |
|
|
Período o días solicitados |
|
|
Observaciones |
La Universidad concederá exención de pagos de inscripción y cuotas hasta la titulación a los trabajadores académicos definitivos, así como a su cónyuge e hijos solteros menores de dieciocho años y hasta veinticinco años de edad cuando adquieran la calidad de alumnos de la Universidad por año lectivo de nivel preparatoria, licenciatura, incluyendo cursos de verano o posgrado; en el caso de los posgrados, la edad máxima será hasta los veintiocho años de edad para los hijos de los trabajadores que permanezcan activos; y no podrán repetir curso alguno, para el goce de dicha exención. También se concederá exención de pagos de inscripción y cuotas a los trabajadores académicos definitivos, así como a su cónyuge e hijos que tomen cursos de idiomas en la dependencia correspondiente de la Universidad. En ambos casos, a los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas semanales, se les apoyará con la parte proporcional de su jornada de trabajo.
Independiente de lo antes establecido, cuando se trate de alguno de los cursos propedéuticos que se imparten en la Universidad, esta Institución cubrirá hasta el cincuenta por ciento del costo de la inscripción correspondiente.
A los trabajadores académicos definitivos que laboren veinte horas o más a la semana, la Universidad les concederá exención de pagos de inscripción y de cuotas hasta la obtención del diploma o grado correspondiente de conformidad con los planes y programas de la Universidad y de la propia dependencia de su adscripción.
A los trabajadores académicos definitivos que laboren menos de veinte horas a la semana se les apoyará en la parte proporcional a su jornada de trabajo. Para el ejercicio del derecho que confiere esta cláusula, la solicitud de exención estará dirigida con la debida anticipación al inicio de los cursos por el interesado a través de la "APAUADY" a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la UADY, enviando copia de la misma al Director de la Escuela o Facultad donde pretenda realizar sus estudios. Para el caso de haber solicitado otro curso con anterioridad, se deberá comprobar con la constancia respectiva, la conclusión del mismo y la obtención en su caso del título, diploma o grado correspondiente. LOS PAGOS EFECTUADOS DIRECTAMENTE POR EL TRABAJADOR ACADÉMICO DEFINITIVO NO SERÁN REEMBOLSABLES (En caso de duda (según muestra anexa), comunicarse directamente a la APAUADY).
En el supuesto de que el trabajador académico definitivo o sus beneficiarios abandonarán los estudios por los que se les exentó, la Universidad descontará del salario del trabajador el importe total de la exención o el reembolso concedidos en los términos de esta cláusula, salvo que el abandono se originara por cuestiones de salud, previo dictamen del Departamento de Salud de la Universidad o por casos fortuitos o de fuerza mayor.
Solicitudes a través de la APAUADY o por medio del Delegado Sindical y duración del trámite
Exenciones de pago (según muestra
anexa) original y copia debidamente
llenada.
Una semana aproximadamente para los 1ros. Ingresos.
Una semana aproximadamente para los segundos cursos o semestres en adelante siempre y cuando comprueben el curso que hayan tomado con anterioridad, ya que sin esto no podrá salir la exención debidamente autorizada
Reembolso de Inscripción: Solo
para los primeros ingresos.
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Original y 4 copias del recibo por concepto de reembolso de inscripción. |
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Original y 2 copias del recibo de inscripción que la escuela o facultad le expide, y |
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Original y 2 copias de la constancia de alumno regular. |
Duración: de 3 a 4 semanas aproximadamente es la duración de éste trámite, una vez autorizado por el departamento de prestaciones éste dará un contra recibo con la fecha para su cobro y el cheque saldrá a nombre del académico siempre y cuando éste debidamente llenada y completa la documentación